
JEP rechaza sometimiento de exalcalde de Canalete, Córdoba; negó vínculos con ‘paras’
Armando José Lambertínez fue condenado por concierto para delinquir en 2016, además, su jefe político dijo que Lambertínez era cercano a las AUC.

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La JEP rechazó el sometimiento del exalcalde de Canalete, Córdoba, Armando José Lambertínez Bolaño, quien ante esa jurisdicción negó sus alianzas con las Autodefensas, a pesar de haber sido condenado en 2016 y de haber sido señalado por su jefe político, Julio Manzur.
“La Sala consideró llamativo que el exsenador Julio Alberto Manzur Abdala, quien fuera el jefe político de Lambertínez fuera quien lo señalara como una persona ‘relacionada con las AUC’; esto teniendo en cuenta que, en su momento, Manzur Abdala aceptó hechos que reflejan el nivel de cooptación por parte de paramilitares en Córdoba, desde personas que accedieron a los más altos cargos de elección popular a nivel nacional, hasta quienes ocuparon otros cargos menores en los municipios”, señala la JEP.
#Atención | La JEP rechaza la solicitud de sometimiento de Armando José Lambertínez Bolaño, exalcalde de Canalete (Córdoba)
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) May 22, 2025
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP encontró que los aportes de verdad presentados por el exmandatario no superaron la información… pic.twitter.com/t5uvGlCC9f
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En 2016, el exalcalde Lambertínez fue condenado a 72 meses de prisión por el delito de concierto para delinquir agravado para promover grupos al margen de la ley.
“En un fallo de segunda instancia, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería acreditó que, a través del llamado ‘Pacto de Marizco’, centrado en el control de las alcaldías de la región, el exalcalde Lambertínez tuvo vínculos con Fredy Rendón Herrera, conocido como ‘El Alemán’, quien fuera el comandante del Bloque Elmer Cárdenas”, explica la JEP.
De esta manera los procesos contra el exalcalde Lambertínez continuarán su trámite en la justicia ordinaria.
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“La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas consideró que los aportes de verdad brindados por el compareciente no suministraron información inédita o relevante sobre estas relaciones y pactos políticos. Según el estudio hecho por la Sala, el compareciente solo se refirió a situaciones de terceros que ya están consolidadas y que son conocidas públicamente en varias decisiones judiciales de la justicia ordinaria”, agregó la JEP.