
Esta nueva señal de tránsito salvará a conductores de multa cara: son más de $600.000
El Manual de Señalización Vial fue actualizado por la ANSV y MinTransporte para añadir nuevas señales para conductores.

Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
A partir del 1 de abril de 2025 entrarán en vigencia las nuevas señales de tránsito en Colombia, según confirmó la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) a Blu Radio. El manual, adoptado mediante la resolución No. 20243040045005 del 17 de septiembre de 2024 y publicado el 1 de octubre, establece nuevas disposiciones para la señalización vial en el país.
La resolución otorga un periodo de transición de seis meses para que las autoridades de tránsito y las entidades responsables de la infraestructura vial implementen las nuevas señales para motos, carros, ciclistas, y demás actores viales.
Publicidad
Qué es y para qué sirve la nueva señal SI-35
Entre las nuevas señales incorporadas en el manual, la ANSV destacó la SI-35, denominada "Sistema para detección electrónica de infracciones", señal que tiene la función de informar a los conductores sobre la presencia de sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos empleados para la detección de presuntas infracciones de tránsito, como la de exceso de velocidad.
Según el Código Nacional de Tránsito, la infracción C29, que corresponde a "Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida", es la más sancionada en el país y, para 2025, la multa por esta infracción es de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv), equivalentes a aproximadamente 604.000 pesos, según la Unidad de Valor Básico (UVB) definida por el Ministerio de Transporte.
La señal puede ser relevante porque advierte a los conductores sobre la presencia de dispositivos que detectan infracciones como el exceso de velocidad. Según lo establecido en el Manual de Señalización Vial, la SI-35 puede indicar el inicio del tramo de detección con la leyenda "Inicio" o la distancia a la que se encuentra el sistema mediante la expresión "A xxx metros".
Publicidad
Además, puede incorporar una placa adicional con la leyenda "Detección electrónica". Su instalación debe seguir los criterios establecidos en la resolución 20203040011245 de 2020 del Ministerio de Transporte.
Durante este tiempo, los diseños aprobados antes de la entrada en vigencia del manual podrán seguir siendo utilizados bajo las condiciones en las que fueron autorizados, aunque las entidades locales podrán adaptarse voluntariamente a la nueva reglamentación.
Publicidad
Límites de velocidad en los principales corredores viales de Bogotá
En la capital del país, el límite máximo de velocidad para la circulación de vehículos es de 50 kilómetros por hora, de acuerdo con el Decreto Distrital 073 del 16 de marzo de 2021. Este límite aplica en los siguientes 14 corredores viales principales: