
En firme elección de registrador y contralor: Consejo de Estado negó solicitudes de nulidad
El alto tribunal dejó en firme la elección de Hernán Penagos como registrador nacional y de Carlos Hernán Rodríguez como contralor general de la República.

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Dos decisiones muy importantes tomó el Consejo de Estado en primer lugar dejó en firme la elección de Hernán Penagos como registrador nacional del Estado Civil, la demanda de nulidad contra Penagos alegaba una que él estaba inhabilitado para aspirar al cargo por haber sido miembro del Consejo Nacional Electoral hasta septiembre de 2022, y que su inscripción al concurso se dio menos de un año después sin embargo el Consejo de Estado desestimó esos argumentos.
Además, se desestimaron los reclamos sobre los certificados disciplinarios, los puntajes de la entrevista y la supuesta falta de imparcialidad en la calificación.
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El Consejo de Estado recordó que el proceso se hizo bajo los lineamientos de la Ley 1134 de 2007 y del reglamento aprobado por los presidentes de las altas cortes, quienes son los encargados de esta elección.
En el caso del contralor, su elección realizada por el Congreso el 12 de junio de 2024, fue demandada por varios ciudadanos entre ellos el abogado Germán Calderón España, quienes alegaban que Rodríguez estaba inhabilitado por haber ejercido gestión fiscal y por incurrir en una reelección anticipada, ya que ocupó el mismo cargo entre agosto de 2022 y junio de 2023, hasta que se declaró la nulidad de su primer nombramiento.
Los demandantes insistían en que Carlos Hernán Rodríguez violó los artículos 126 y 267 de la Constitución, al postularse nuevamente sin haber dejado pasar un año desde su anterior designación, también cuestionaban su rol como gestor fiscal, por haber ordenado gastos y realizado más de 300 nombramientos en su primera etapa como contralor.
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Sin embargo, la Corte sostuvo que la primera elección fue anulada con efectos “ex tunc”, es decir, como si nunca hubiera existido jurídicamente. Esto significa que, legalmente, Rodríguez no fue contralor en esa etapa, lo cual elimina cualquier inhabilidad o prohibición para volver a postularse.
Así las cosas, tanto el Contralor como el Registrador, quedan firmes en su cargo tras las decisiones adoptadas por el Consejo de Estado.