Minjusticia: "Corte confirma que existían razones para decretar conmoción interior en Catatumbo"
La Corte Constitucional avaló parcialmente la declaratoria del estado de conmoción interior, decretada a comienzos de este año por el presidente Gustavo Petro para atender al Catatumbo.
La Corte Constitucional avaló parcialmente el decreto presidencial que declaró el estado de conmoción interior en enero de 2025, tras una escalada de violencia en el Catatumbo, Norte de Santander. La decisión, que generó diversas interpretaciones, fue respaldada por la ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, quien en entrevista con Mañanas Blu señaló que el fallo “ratifica la solidez de los argumentos del Gobierno”.
“La conmoción interior está decretada bajo bases ciertas”, expresó Buitrago, en alusión a los hechos que motivaron la medida, entre ellos el desplazamiento forzado de más de 70.000 personas y los enfrentamientos entre el ELN y el Frente 33 de las disidencias de las FARC. Según la ministra, el fallo del alto tribunal reconoce que la violencia registrada fue “totalmente atípica” y sobrepasó la capacidad del Estado para brindar atención con mecanismos ordinarios.
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Aval constitucional, pero con límites
El pronunciamiento de la Corte validó únicamente las medidas relacionadas con la intensificación del conflicto armado, el agravamiento de la crisis humanitaria y la urgencia de garantizar los derechos fundamentales en las zonas más afectadas: elCatatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González, en el Cesar.
“Hubo un momento, como el 16 de enero, que generó una decisión de los grupos criminales de actuar de manera incrementada y contra la población civil indiscriminada, lo que no había sucedido antes”, explicó Buitrago. Ese evento, considerado por la Corte como un hecho sobreviniente, justificó el uso de la herramienta constitucional de la conmoción interior, cuya aplicación está restringida a situaciones excepcionales de alteración grave del orden público.
Desplazados en el Catatumbo
Foto: Blu Radio
Financiación y fuerza pública: decretos que permanecen vigentes
Entre las medidas que continúan vigentes, la ministra destacó tres pilares fundamentales: la financiación para la atención humanitaria, el refuerzo de la seguridad pública y las restricciones a insumos clave para el narcotráfico.
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“La financiación está garantizada porque necesitamos recursos extraordinarios para contener la situación en los municipios afectados”, afirmó, al referirse a decretos tributarios como el nuevo IVA del 19 % a las apuestas en línea y mayores cargas al sector extractivo.
Accionar del ELN en la zona del Catatumbo: fotografía tomada en una zona de Catatumbo tras la arremetida contra las disidencias de las Farc
Foto: AFP
Estos instrumentos, según la funcionaria, permitirán sostener la presencia institucional en los territorios y facilitar el retorno seguro de los desplazados. “No es con mecanismos ordinarios que se puede enfrentar esta violencia exacerbada”, puntualizó.
Rechazo a medidas estructurales: lo que excluye la Corte
No obstante, el fallo constitucional también declaró inconstitucionales las disposiciones dirigidas a resolver problemas estructurales de larga data, como la presencia histórica de grupos armados, los cultivos ilícitos y los incumplimientos del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS). La ministra Buitrago, si bien respetuosa de la decisión, cuestionó la lógica detrás de esta exclusión.
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“Si los elementos estructurales de violencia no pudieran servir para decretar la conmoción interior, entonces esta figura debería desaparecer de la Constitución”, argumentó. Agregó además que los patrones de criminalidad han cambiado desde la firma del Acuerdo de Paz en 2016, con un incremento de las disidencias y grupos residuales.
Esperando la sentencia completa
Aunque hasta ahora solo se conoce el comunicado oficial de la Corte, la ministra advirtió que un análisis más detallado deberá hacerse con la publicación completa de la sentencia. “Me aproximo al comunicado, pero la sentencia puede traer nuevos elementos para reevaluar los decretos”, señaló.
Buitrago concluyó reiterando el compromiso del Gobierno con la legalidad y la protección de los derechos humanos. “La conmoción interior no se decretó por capricho. Fue una respuesta jurídica y política a una situación insostenible de violencia y desplazamiento”, dijo.