
¿Alocución o consejo de ministros? CRC explica los requisitos luego de sentencia
La Presidencia ahora deberá indicar de "manera explicita" si cumple o no con los criterios y requisitos que ha ordenado el Consejo de Estado.

Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
El presidente Gustavo Petro decidió transmitir en vivo los consejos de ministros para que, según dijo en su momento, el pueblo colombiano viera y escuchara cómo avanzaban realmente los temas de agenda de cada ministerio, pero hay algunos límites y trámites que ahora el mandatario deberá tener en cuenta, según anunció la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).
Al respecto habló la directora ejecutiva de la CRC, Claudia Bustamante. En diálogo con Mañanas Blu con Néstor Morales, abordó los detalles y pautas establecidas luego del fallo emitido por el Consejo de Estado.
Publicidad
Explicó que, según la sentencia, las alocuciones presidenciales deben cumplir con ciertos criterios. Por ejemplo, el contenido debe ser urgente y de interés público, asegurando la participación efectiva de los ciudadanos en asuntos relevantes.
“En este caso, el Consejo de Estado también de tiempo atrás había dado unos criterios asociados a qué se entiende por alocución presidencial: que sea un mensaje del señor presidente que trate temas urgentes de interés público y que el contenido sea necesario para garantizar una participación efectiva de los ciudadanos en estos temas”, señaló.
Hubo una nueva sentencia del Consejo de Estado asociada al tema, en este caso, una tutela que busca proteger el derecho a la información y el pluralismo informativo de los colombianos. Esta sentencia, lo que dijo expresamente, es que cuando se trata de un consejo de ministros se pueden tratar temas muy amplios asociados a la gestión del Gobierno y no requieren ser tratados en ese espacio como alocución y tienen a su disposición los canales públicos de carácter nacional para transmitir esa información general
Con respecto a la comunicación entre la CRC y la Presidencia, Bustamante destacó que se han implementado procesos claros para asegurar que las alocuciones se ajusten a los criterios establecidos por el Consejo de Estado.
Publicidad
Indicó que ellos envían una solicitud a la Presidencia para que se detallen el tema y la duración de las alocuciones. En ese sentido, precisó que su función no es intervenir en el contenido de las alocuciones, pero sí asegurar que se informen adecuadamente las condiciones.
"Le enviamos una comunicación al Departamento istrativo de la Presidencia de la República para que cuando soliciten ese espacio de alocución, que tiene derecho por ley el señor presidente, nos indiquen de manera expresa si cumplirán esos requisitos que ha dicho el Consejo de Estado, esos criterios y de manera expresa si va a tratar o no un consejo de ministros, cuál es el tema y cuál es la duración aproximada", aseveró Bustamante.
No habrá abusos de tiempo y buscaré rotar los días de transmisión en cadena televisiva, para temas publicos de gran importancia para la sociedad colombiana.
— Gustavo Petro (@petrogustavo) March 29, 2025
Los consejos de ministros que tengan menos importancia o sean de procedimiento, solo se transmitirán por el canal público.… https://t.co/SLjPP8tFnq
A pesar de las inquietudes acerca del cumplimiento de las órdenes judiciales, Bustamante subrayó que el rol de la CRC no es ejercer un control previo sobre el contenido de las alocuciones. Enfatizó que no son la autoridad de vigilancia en este ámbito y que su enfoque principal son los operadores de televisión y los contenidos que transmiten.
Publicidad
El diálogo sobre el cumplimiento de las pautas establecidas por el Consejo de Estado genera preocupaciones respecto a la independencia y la eficacia de las instituciones. Al respecto, señaló que es el juez quien debe decidir si se han cumplido o no las directrices.
La directora ejecutiva de la CRC enfatizó que, aunque la regulación y supervisión son cruciales, la clave está en el cumplimiento por parte de la Presidencia y en la vigilancia judicial correspondiente.