
Procurador pidió a Corte que tumbe estos artículos de conmoción interior en Catatumbo
Desde el Ministerio Público consideraron que los apartados no cumplen con los requisitos constitucionales correspondientes, por lo que deberían ser eliminados.

Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
El procurador general de la Nación, Gregorio Eljach, le pidió a la Corte Constitucional que declare como inexequibles los artículos 4 y 5 del decreto de conmoción interior en el Catatumbo, al considerar que no cumplen con los requisitos de la ley. Según afirmó Eljach, los apartados asumen una competencia asignada a las entidades territoriales sin que se garantice su financiación, ya que no establecen con qué recursos se harían.
Por un lado, el artículo 4 del decreto de conmoción interior en el Catatumbo asigna una competencia al Ministerio de Vivienda con la cual puede estructurar y poner en marcha proyectos de agua y saneamiento básico que pretendan garantizar la prestación del servicio a la población afectada.
Publicidad
Por otro lado, el artículo 5 autoriza a esa misma cartera para que, durante la conmoción interior, “emplee un mecanismo de apoyo para la inversión y la sostenibilidad de los sistemas de aprovisionamiento afectados” por los enfrentamientos entre las disidencias de las Farc y el ELN. Es decir, la medida permitiría transferir y ejecutar recursos a los líderes comunitarios, con el fin de comprar materiales o repuestos de los sistemas que brindan el agua y el saneamiento básico.
Para el procurador Eljach, los apartados no son claros o no cumplen con lo requerido por la Constitución. En el caso del artículo 4, la medida no encamina a una solución de lo causado por la conmoción interior, sino a un proyecto definitivo de vivienda para las víctimas del desplazamiento forzado. Para el artículo 5, implicaría una modificación a las competencias de los departamentos y municipios, sin garantizar su financiación o con qué recursos se hará.
“Finalmente, respecto de los artículos 4 y 5 del mismo Decreto Legislativo no cumplen con los requisitos constitucionales exigidos en los juicios de finalidad y necesidad, tal como se expuso en los acápacites pertinentes”, dice el documento emitido el procurador Eljach. Por lo mismo, desde el Ministerio Público pidieron a la Corte Constitucional declarar como inexequibles esos apartados.
Publicidad