Petro no está obligado a que los consejos de ministros sean reservados: Consejo de Estado
El alto tribunal rechazó una demanda que buscaba que el presidente Gustavo Petro no transmitiera públicamente los consejos de ministros, tras concluir que la ley no le impone obligación estricta.
El Consejo de Estado revisó si el presidente de la República está obligado a mantener en secreto todas las reuniones del consejo de ministros, basándose en una ley antigua que dice que estas sesiones deben ser reservadas. Todo esto luego de que una persona alegara que el mandatario Gustavo Petro incumplió esa norma al transmitir por medios públicos una reunión del 4 de febrero de 2025. Sin embargo, el alto tribunal concluyó que esa ley no exige que todas las reuniones sean secretas automáticamente.
En este caso lo que explica el Consejo de Estado es que la reserva solo aplica cuando el consejo de ministros se reúne como cuerpo consultivo (es decir, cuando asesoran al presidente) y además se discute información confidencial, como lo define la Ley de Transparencia. También dejó claro que es el presidente quien decide cómo se hacen las reuniones, qué se puede contar al público y qué no.
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Eso sí, si llega a divulgar algo que debía mantenerse reservado, podría enfrentar consecuencias legales.
Consejo de ministros
Foto: Presidencia
La interpretación que hace el Consejo de Estado sobre el carácter de reserva sobre los consejos de ministros: “El presidente tiene la facultad legal de fijar las reglas para el funcionamiento del consejo de ministros y decidir sobre la publicidad de sus sesiones, siempre que no se aborden asuntos sometidos a reserva legal”, explicó la Sección Quinta.
Por tanto, el Consejo de Estado confirmó la sentencia del Tribunal istrativo de Caldas que había negado la demanda, aclarando que no se configuró el incumplimiento legal alegado, y que las transmisiones públicas de estos espacios, en tanto no vulneren temas de seguridad nacional u otros intereses protegidos, son constitucionalmente válidas.