
Latam estudia apelar decisión de SIC que pide no vender vuelos sin autorización desde y hacia Bogotá
La aerolínea asegura que sus vuelos siempre han cumplido con los slots (turnos de despegue y aterrizaje) que tiene asignados.

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Después de que Avianca, una de las principales aerolíneas del país, solicitara a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) la imposición de medidas cautelares contra Latam Airlines Colombia por la publicitación y comercialización de vuelos desde y hacia Bogotá sin contar con la autorización adecuada de la Aerocivil para el uso de slots (turnos de despegue y aterrizaje), la SIC emitió un comunicado en el cual preliminarmente afirmó que la aerolínea infringió algunas normas que regulan la planeación y asignación de slots.
"La aerolínea ha infringido las normas que regulan la planeación y asignación de slots, situación que le permite tener mayor presencia en el mercado de transporte aéreo de manera irregular", afirmó la SIC.
En respuesta, Latam Airlines Colombia argumentó que comercializa y opera sus vuelos desde y hacia Bogotá con todos los slots necesarios, los cuales han sido debidamente autorizados por la Aeronáutica Civil.
“Los pasajeros de Latam Airlines Colombia y el mercado en general pueden confiar que cumplimos con la regulación aeronáutica, y los vuelos desde y hacia Bogotá de la temporada que operará desde el 29 de octubre hasta el 30 de marzo de 2024, cuentan con el slot requerido y serán operados con normalidad”, indicó Santiago Álvarez, director ejecutivo de Latam Airlines Colombia.
La aerolínea anunció que: “Iniciará el análisis de los pasos a seguir a raíz de la decisión tomada por la SIC”, además de que tuvo conocimiento de la disposición de la Superintendencia de Industria el día de hoy, 4 de septiembre, y tiene tres (3) días hábiles para interponer un recurso. En esta medida iniciará el análisis de los pasos a seguir a raíz de la decisión tomada por la SIC.
El 1 de septiembre, la Superintendencia de Industria decretó a favor de Avianca las medidas cautelares solicitadas. Estas medidas incluyen:
La aerolínea tiene un plazo de 10 días hábiles a partir de la notificación para cumplir con estas órdenes de la Superindustria. Esta situación marca un nuevo capítulo en la competencia dentro del sector de la aviación en Colombia y plantea importantes interrogantes sobre la regulación y asignación de slots en el país.
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