
Acta de matrimonio: cómo sacarlo por internet de forma rápida y sencilla
Con esta innovación, los ciudadanos ahora podrán obtener copias digitales de sus registros civiles de nacimiento, matrimonio o defunción de forma rápida y sencilla.

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En el marco del evento Latam Fintech Market, que se llevó a cabo en Barranquilla, el registrador Nacional, Alexánder Vega Rocha, reveló una novedosa herramienta que simplificará la vida de los ciudadanos colombianos: el nuevo registro civil digital. Con esta innovación, los ciudadanos ahora podrán obtener copias digitales de sus registros civiles de nacimiento, matrimonio o defunción de forma rápida y sencilla.
De acuerdo con el funcionario, en los últimos tres años, más de dos mil personas han digitalizado un impresionante total de 74 millones de registros civiles de nacimiento, actas de matrimonio y defunción. Estos documentos ahora están disponibles en línea, facilitando enormemente su para la ciudadanía.
El primer paso es ingresar al sitio web oficial de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Puede hacerlo fácilmente haciendo clic aquí.
Si ya cuenta con un y contraseña en el sistema, puede iniciar sesión. De lo contrario, deberá registrarse proporcionando la información requerida.
Elija el tipo de registro civil que deseas solicitar. La herramienta le permite solicitar registros civiles de nacimiento, matrimonio y defunción.
Seleccione el tipo de documento con el que realizará la consulta (NIT, CC, entre otros) y proporcione los datos solicitados, incluyendo el nombre completo del titular del documento.
Antes de proceder, asegúrese de verificar los datos ingresados. Luego, continúe realizando el pago del trámite, que tiene un costo de 15.600 pesos colombianos. Puede efectuar el pago a través de PSE o mediante una consignación bancaria.
Una vez verificado el pago, el registro civil solicitado será enviado al correo electrónico registrado en un plazo estimado de cinco minutos a 24 horas. También puede descargarlo directamente desde el sitio web de la Registraduría.
Es importante destacar que este proceso aplica para los matrimonios celebrados dentro del país o en el extranjero entre dos colombianos o un colombiano y un extranjero. Esta normativa incluye matrimonios celebrados ante la Iglesia Católica, cualquier confesión religiosa o iglesia con personería jurídica y registrada en el Ministerio del Interior, así como matrimonios celebrados ante notario o juez competente, de acuerdo con el artículo 115 del Código Civil.
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