
Palacio de Justicia: requisitos que debe cumplir general (r) Iván Ramírez ante JEP por desaparecidos
Ramírez y otros militares tendrán 15 días para contar nueva información ante la JEP sobre los desaparecidos y revelar si conocen dónde están.

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Ricardo Ospina, director del Servicio Informativo de BLU Radio, informó en primicia los compromisos que debe cumplir el general retirado Iván Ramírez Quintero y tres militares para que sean aceptados por laJurisdicción Especial para la Paz, JEP, por los desaparecidos del Palacio de Justicia, hecho que ocurrió entre el 6 y 7 de noviembre de 1985.
Los otros militares que fueron aceptados por la justicia fueron Óscar William Vásquez Rodríguez, Gustavo Arévalo Moreno y Bernardo Alfonso Garzón Garzón. Estas personas tendrán 15 días para contar la verdad de esos hechos.
Lo primero que indica la JEP, a través de una resolución, es que los señalados deberán pronunciarse sobre la línea de mando de la unidad militar a la que pertenecían, especificar grado y nombres de las personas que impartían las órdenes e instrucciones para recuperar el Palacio de Justicia.
Asimismo, detallar la misión y funciones que tenían en el operativo, si se cumplieron sin novedades o si a su juicio hubo extralimitaciones u omisiones propias que hayan afectado los derechos de los civiles.
“Exponer si hubo extralimitación en las funciones de los superiores jerárquicos, subalternos o compañeros (…) Si se dieron órdenes o instrucciones irregulares o contrarias a los reglamentos”, añade el documento de la JEP.
De la misma manera, deben manifestar si participaron en conductas punibles, si las realizaron por presión de superiores o voluntad propia, o si conocen de compañeros de otras instituciones del Estado (como el DAS o la Policía Nacional) que participaron en otros delitos mientras la toma y retoma del Palacio de Justicia.
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“Señalar si se emitieron órdenes o instrucciones que llevaron al desconocimiento de los derechos de las víctimas y de los integrantes del M-19 depuestos en armas”, agrega la resolución de la JEP.
Además, deben exponer si conocen del paradero o destino de las personas que están desaparecidas y esclarecer los hechos que son materia de investigación, y si, previamente, recibieron órdenes para trasladar a esas personas a instalaciones militares u otros lugares para ser “interrogadas, torturadas y posteriormente desaparecidas”.