
Quienes viven en conjuntos se ahorrarían plata en multas; esto debe hacer
Las sanciones en conjuntos residenciales son pan de cada día, dejando a muchos propietarios o inquilinos sin un peso.

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Para muchos colombianos, vivir en conjuntos residenciales implica compartir espacios con diferentes tipos de familias, lo que exige seguir ciertas normas con el fin de garantizar una sana convivencia entre los residentes.
Por ello,quienes incumplen lo establecido suelen enfrentar sanciones económicas o, en casos más graves, consecuencias legales.
De hecho, la ley colombiana contempla medidas estrictas cuando se cometen infracciones que involucran a menores de edad dentro de estos espacios.
En las últimas semanas, ha llamado la atención la discusión sobre los castigos aplicables en conjuntos residenciales cuando se vulneran los derechos de niños y adolescentes.
Colombia cuenta con normas claras que protegen la integridad física, emocional y mental de los menores, y castiga a quienes atenten contra ellos.
La Ley 675 de 2001, que regula el régimen de propiedad horizontal, junto con el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016), establece normas aplicables en conjuntos residenciales.
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El artículo 38 de esta última norma señala que, dentro o fuera del conjunto, si se engaña a un menor o se le incita a presenciar actividades inadecuadas para su edad, como el consumo de drogas o actos vandálicos, los responsables pueden ser sancionados.
La multa correspondiente es de tipo 4, equivalente a 16 salarios mínimos diarios legales vigentes. Para 2025, esto representa una sanción de $759.200.
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Las sanciones relacionadas con menores pueden ser sorpresivas, especialmente cuando derivan del comportamiento de terceros. Por eso, es importante saber cómo actuar ante una multa de este tipo:
Si considera que la multa es injusta, es recomendable que siga los siguientes pasos para evitar pagar de más: