
Predial 2024: así será el aumento del impuesto este año
Como mínimo tendrá que alistar 4.51 % más que el año pasado para pagar el impuesto predial, pero hay varios casos en los que la cuenta puede subir aún más.

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Si usted vive fuera de Bogotá prepárese para pagar por lo menos 4.51 % más de impuesto predial.
Esa fue la determinación del Gobierno nacional a través del decreto 2311 del 2023, que fijó el incremento de los avalúos catastrales en el país, que son la base para calcular el impuesto.
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La cifra toma en cuenta la evolución de la inflación, pero está por debajo de los niveles actuales de aumento del costo de vida en Colombia.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que en algunos casos el predial puede subir por encima del 4.51 %.
Por ejemplo, si en su ciudad o municipio actualizaron el valor catastral de su vivienda porque usted hizo alguna mejora o su predio se valorizó, tendrá que pagar según el nuevo avalúo asignado. Si la actualización tiene que ver con el catastro multipropósito, usted también podría ver incrementos más altos en el impuesto predial, ya que el Plan Nacional de Desarrollocambió los límites al incremento de los avalúos.
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El impuesto predial es un impuesto que grava la propiedad inmueble, es decir, los terrenos y las construcciones. En Colombia, elimpuesto prediales istrado por los municipios y distritos, quienes tienen la facultad de establecer su tarifa, los plazos de pago y los descuentos aplicables.
La base gravable del impuesto predial es el avalúo catastral del predio. El avalúo catastral es el valor que se le asigna a un predio para fines tributarios. Este valor se determina por la oficina de catastro del municipio o distrito, teniendo en cuenta factores como la ubicación, la superficie, el uso y las condiciones del predio.
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La tarifa del impuesto predial varía según el municipio o distrito. En general, las tarifas son más bajas para los predios residenciales que para los predios comerciales o industriales.
El impuesto predial se debe pagar anualmente, durante el primer semestre del año. Los contribuyentes tienen la opción de pagar el impuesto en una sola cuota o en cuotas mensuales.
En Colombia, existen algunas exenciones al impuesto predial. Estas exenciones pueden ser generales, es decir, aplicables a todos los predios, o específicas, es decir, aplicables a un grupo determinado de predios.
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